jueves, 14 de junio de 2012

Los comercios podrán abrir antes de obtener su licencia

Recientemente el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, que suprime la tradicional licencia previa de ámbito municipal que se necesitaba para la apertura de establecimientos comerciales de hasta 300 metros cuadrados de todo el territorio nacional, sus instalaciones y determinadas obras previas vinculadas a la actividad. El control administrativo, a su vez, pasará a realizarse a posteriori.

Esta medida pretende impulsar y dinamizar la actividad de pequeñas y medianas empresas comerciales y de servicios complementarios, uno de los sectores más castigados por los impagos, que constituyen más del 90% de la actividad de estos sectores, aunque no se descarta su aplicación para otros comercios y centros de mayores dimensiones.

Para la apertura de estas actividades será necesaria la presentación de una declaración responsable o comunicación previa, según el caso, en la que el empresario declare cumplir los requisitos exigidos por la normativa vigente y disponer de los documentos que se exijan, además de estar en posesión del justificante del pago del tributo o tasa correspondiente, cuando sea necesario.

Entre los sectores que se podrán beneficiar de esta “autolicencia exprés" se encuentran los establecimientos de productos alimenticios, industria del calzado, sector textil, comercio al por menor de peletería, droguería, materiales de construcción, vehículos terrestres, muebles, instrumentos musicales, personal y hogar, electrodomésticos, joyerías, peluquerías y alquiler de bienes inmuebles, entre otros recogidos en el anexo de dicho Real Decreto, que podéis consultar aquí.

Fuente: elderecho.com
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jueves, 7 de junio de 2012

Aumenta el número de personas y empresas inscritas por error en ficheros de morosos

 
La actual situación económica ha disparado el número de personas y empresas inscritas de forma indebida en archivos de morosos. Según la Agencia Española de Protección de Datos, este tipo de errores ha crecido en un 50% a causa de la crisis, sobre todo en sectores como las telecomunicaciones y la banca.

Aunque no existen datos oficiales al respecto, son muchos los ciudadanos que aparecen como deudores en listas de morosos sin saberlo. Solo algunos se enteran, cuando el banco se niega a darles una tarjeta de crédito por este motivo, independientemente de la cuantía de la deuda.

Estas situaciones se repiten a pesar de que la ley establece de forma clara las condiciones que se deben cumplir antes de incluir a una persona en un fichero de morosos. No obstante, desde la AEPD señalan que esa inclusión es en muchos casos indebida, porque no se trata de una deuda cierta; porque no ha sido debidamente reclamada; o porque no se ha comunicado previamente al afectado.

Pese a lo sencillo que resulta entrar en una lista de morosos, salir de ellas no es tan fácil, ya que para ello es necesario pagar la deuda o esperar los seis años tras los cuales las empresas están obligadas por ley a borrar los datos del supuesto moroso. Aunque la deuda no vence, sí lo hace el cargo de tenerla.
 
En Directcobro contamos con un amplio equipo de profesionales especialistas en recuperación de deudas que cumplen todos los requisitos establecidos en la ley, asegurándose de que las deudas que reclaman sus clientes son ciertas y demostrables. Para cualquier consulta, contacta con nosotros y nuestros agentes atenderán tus dudas.
 
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jueves, 31 de mayo de 2012

Los impagos subieron un 10,5% en el primer trimestre

Imagen: Freedigitalphoto.net
La cantidad acumulada en compras a plazo de familias y empresas que resultaron impagadas entre enero y marzo aumentó un 10,5% respecto al primer trimestre de 2011, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Con el aumento de impagos en marzo, se suman ocho meses de subidas que llevaron a disolverse a más de 2.000 sociedades.

Solo durante el mes de marzo, los impagos sumaron 689 millones de euros y subieron un 6,9% respecto al mismo mes de 2011, con un importe medio de 2.086 euros. En cambio, el número de impagos bajó un 1,4% en el acumulado de los tres primeros meses y en marzo descendió un 4%, la mayor caída desde julio de 2011, con lo que se situaron en 330.407.

Durante el tercer mes del año, vencieron efectos por valor de 16.447 millones de euros, un 11,4% menos que en el mismo mes de 2011, mientras que el número de vencimientos disminuyó un 5,7%, hasta los 7,4 millones. Así, la proporción de los efectos de comercio impagados sobre vencidos fue del 4,2%.

Los bancos fueron las entidades financieras con mayor porcentaje de impagos (4,3%), mientras que las cooperativas de crédito registraron el menor (3,7%).

Las comunidades autónomas que presentaron un mayor porcentaje de efectos de comercio impagados sobre vencidos fueron Andalucía, Murcia y Canarias (todas ellas con un 5,3%), e Islas Baleares (5%). Por el contrario, Navarra, con un 3,1%, fue la que registró una menor tasa. Cantabria (4.157 euros) fue la autonomía con mayor importe medio de los efectos de comercio impagados, mientras que La Rioja tuvo el menor (1.581 euros).

Los impagos fueron la principal causa de que solo durante el mes de marzo se disolvieran 2.078 sociedades, un 3,8% más en tasa interanual. De ellas, el 68,2% lo hizo voluntariamente, el 9,7% por fusión y el 22,1% restante por otras causas.

Fuente: rtve.es

martes, 22 de mayo de 2012

EIGRA presenta su nueva identidad corporativa

EIGRA (Entidad Ibérica de Gestión y Recuperación de Activos), empresa de la que forman parte Transcobro, Directcobro e INPD (Instituto Nacional de Protección de Datos), ha renovado su identidad corporativa con un diseño mucho más fresco y dinámico.

Para ello, se ha buscado un logo que recuerda a la forma de una colmena, como símbolo de fiabilidad y solidez, pero a su vez, de capacidad de adaptación ante cambios inesperados. Todos ellos, valores que identifican a la marca.

Con este nuevo diseño se ha buscado la unificación de la imagen de las cuatro marcas, mediante un sistema flexible, una familia de logosímbolos, que permite la combinación de varios logos de forma atractiva y elegante, acorde con las tendencias más actuales del diseño.

Para no romper con la estética de dos de las marcas más consolidadas de EIGRA, se han mantenido las iniciales de los logosímbolos de Transcobro y Directcobro, integrándolos en la nueva estructura. En cambio, en el caso del logotipo de INPD se ha optado por llevar a cabo un rediseño del mismo, adaptándolo totalmente a la nueva imagen del grupo.

Una nueva imagen que unifica las señas de identidad de las marcas de EIGRA y que supone un paso más en la mejora de la identidad corporativa de la compañía.

jueves, 17 de mayo de 2012

Los plazos de prescripción de deudas

Cuando la situación económica no favorece la buena marcha de las empresas, es habitual que éstas traten de posponer sus pagos, acumulando deudas que a veces resulta complicado saldar. Por ello, es importante tener en cuenta que los delitos de deudas prescriben

De hecho, los medios de comunicación se hacen eco, con bastante frecuencia, de casos en los que los deudores no han podido ser juzgados porque el delito ha prescrito. Pero existen tantos tipos de impagos que, a menudo, resulta complicado saber cuándo prescribe cada caso concreto. 

En general, los requisitos para que una deuda prescriba son, por una parte, que no haya sido reclamada por el acreedor en el plazo legal establecido, y que el deudor no haya reconocido la deuda, pues en este supuesto se incurriría en otro tipo de delito.

Si se cumplen ambos requisitos, los plazos para la prescripción de deudas son los siguientes:
  • Las hipotecas prescriben a los 20 años.
  • Las deudas personales, de carácter general, lo hacen en un máximo de 15 años.
  • Las pensiones alimenticias y pagos periódicos, tales como alquileres de fincas rurales o urbanas, prescriben a los 5 años.
  • Las deudas tributarias, a los 4 años, aunque este plazo se está reformando para evitar el blanqueo de dinero e incrementar los ingresos por recaudación de impuestos.
  • Las deudas derivadas del pago a servicios profesionales independientes -abogados, administradores, etc-, a los 3 años.
  • Las deudas de reparación de daño o negligencia, al año.

En vista de estos plazos, actuar rápidamente cuando se produce un impago puede ser crucial para recuperar una deuda. Desde Directcobro, aconsejamos ponerse en manos de profesionales cuanto antes, solo así se puede garantizar el éxito en la recuperación de impagados. 

jueves, 10 de mayo de 2012

El riesgo de impago a nivel internacional


Siguen en aumento los impagos a empresas. Los niveles medios de impago soportados por las empresas españolas se incrementaron un 55% en el primer trimestre de 2012, con respecto al mismo periodo del año anterior, según un artículo publicado por la agencia de noticias Europa Press.

Este dato marca el tercer trimestre consecutivo de repunte de la morosidad empresarial y, por el momento, no hay ningún indicio que permita anticipar un descenso en estos niveles. España, como otros mercados del Sur de Europa, ha registrado un deterioro importante del clima de impagos desde la última recesión y, dadas las previsiones de contracción económica para 2012, se prevé que el panorama siga deteriorándose.

Por su parte, Grecia registrará su cuarto año de crecimiento de dos dígitos de las insolvencias empresariales. Mientras que en Italia, España y Portugal las previsiones sitúan el crecimiento entre el 5% y el 10% sobre sus niveles actuales.

Bélgica y Francia también pertenecen al grupo de mercados de la zona euro con mayor riesgo. Si bien su respuesta a la última recesión en términos de impagos ha sido más moderada, sus índices de impago se perciben como elevados y se prevé que sigan deteriorándose a medida que sus economías se estanquen en 2012.

Otro país que presenta un elevado nivel de insolvencias y perspectivas negativas sobre el mercado es el Reino Unido. Por su parte, Alemania, Austria, Países Bajos o Suiza, parten de mejores niveles, pero el entorno de impago e insolvencia se deteriorará a lo largo de 2012.

Las previsiones apuntan a que solo Dinamarca, Australia y Estados Unidos lograrán reducir en 2012 sus niveles de insolvencia en el entorno de los mercados desarrollados.

Estos datos muestran la necesidad de la empresa española de abrirse y competir en los mercados exteriores. Ante los riesgos que supone trabajar con empresas de internacionales, en Directcobro trabajamos para tu tranquilidad, gestionando la reclamación de deudas en la Unión Europea. Contacta con nosotros y un equipo de profesionales estudiará tu caso.

jueves, 3 de mayo de 2012

El confirming como garantía de solvencia


Son muchas las empresas que desconocen los conceptos de factoring y el confirming. De hecho, muchos empresarios confunden ambos términos o se creen que son lo mismo, cuando en realidad uno sirve para pagar y otro para cobrar. 

En estos momentos de crisis, de falta de liquidez, de morosidad y de solvencia muchas empresas tienen miedo a vender, ya que pueden quedarse tanto sin la mercancía como sin el dinero. La confianza es una base fundamental en los negocios, pero ahora se hace necesario demostrarla. Hay empresas que, pese a ser solventes, algunos proveedores les deniegan una compra a crédito por la situación de incertidumbre en la que estamos y no por la situación de la empresa en concreto.

Una forma de demostrar que la empresa es solvente es el confirming o confirmación de pago. Se trata de un contrato firmado con una entidad de crédito mediante el cual la entidad confirma al proveedor el pago de la mercancía o el servicio. Es decir, será la propia entidad quien pagará al proveedor. Desde el punto de vista del proveedor, no existe mayor garantía, ya que es el banco quien se hace cargo del pago. Por tanto, un contrato de confirming no lo consigue cualquiera. La entidad financiuera tendrá que cerciorarse de que se trata de un cliente solvente y de que podrá hacer frente a todos los pagos que se realicen. Por todo ello, el confirming es una garantía de solvencia a la hora de hacer negocios con un cliente.

Por otra parte el factoring es una confirmación del cobro. Si contratamos un servicio de factoring, cedemos al banco la cartera de clientes (toda o parte), de tal forma que el el propio banco quien se encarga de cobrar las facturas pendientes en tiempo y forma. Existen dos modalidades: el factoring con recurso -si hay un impagado, nosotros no cobramos- y el factoring sin recurso -el banco asume el riesgo de impago-, que obviamente, será mucho más caro. Esta puede ser una forma de disuadir a los posibles morosos.

Evitar los impagos puede ser una tarea árdua, por eso en Directcobro gestionamos la recuperación de impagados por una cuota fija al mes, por lo que evitarás gastos inesperados y ganarás la tranquilidad de saber que estás en buenas manos.